domingo, 26 de enero de 2014

LEGISLACIÓN ESPAÑOLA Y EUROPEA

La actual legislación española, la LEY 14/2006, de 26 de mayo, sobre técnicas de reproducción humana asistida, refleja el anonimato total de los donantes de gametos, de manera que su identidad nunca será revelada. La donación se entiende como un acto altruista en el que se renuncia a cualquier tipo de reclamación respecto a la paternidad.

Además, el texto legal recoge también que el hijo nacido tras tratamientos de reproducción con gametos donados (semen de donante, ovodonación, donación de embriones), a todos los efectos legales es inscrito como hijo de la pareja que se ha sometido al tratamiento.
La actual legislación española, le permite llevar a cabo tratamientos de reproducción que no pueden ser realizados en muchos otros países. Siendo los más importantes:

Tabla comparativa de las legislaciones europeas en Reproducción Asistida
Tratamiento / paísDGPSelección del sexoBúsqueda selección embrionesClonación terapéutica
FranciaNo-No
AlemaniaNoNo-No
AustriaNoNoNoNo
Italia--No
Inglaterra-
EspañaSí *No
Solo en caso de enfermedades ligadas al sexo
Tratamiento / paísDonación de embrionesDonación de semenOvodonaciónTratamiento en solteras
FranciaNo
AlemaniaNoNoNo
AustriaNo-NoNo
ItaliaNoNoNoNo
Inglaterra
España

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