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domingo, 26 de enero de 2014

UE AMPARA LA BAJA LABORAL POR FECUNDACIÓN IN VITRO

En Europa rige una Directiva de 1976 que garantiza la igualdad de trato entre hombres y mujeres en el acceso al empleo, la formación, la promoción profesional y las condiciones de trabajo. Esto quiere decir que, por ejemplo, no se puede despedir a una trabajadora cuando está embarazada porque sería una discriminación por razón de sexo. 
Éste es el principio que alegó una trabajadora austriaca, la camarera Sabine Mayr, tras ser despedida en 2005 cuando estaba de reposo por estar siendo sometida a un tratamiento de fecundación en vitro, aunque aún no se le habían implantado los embriones. 
La trabajadora acudió a los Tribunales austriacos para pedir una indemnización por despido improcedente alegando que, desde la fecundación in vitro de sus óvulos, estaba amparada por la protección contra el despido de mujeres embarazadas prevista en la legislación autriaca. 
Los Tribunales austriacos fueron a su inmediato superior, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en busca de aclaraciones. En concreto, Viena pedía a Luxemburgo que le explicara si se considera que una trabajadora sometida a un tratamiento de fecundación in vitro está embarazada cuando los óvulos han sido fecundados pero aún no han sido implantados en su útero. 
El Tribunal de Luxemburgo responde a la Justicia austriaca negativamente ya que, según explica, «si se aceptase este supuesto podría concederse el beneficio de la protección que tienen las embarazadas aún cuando esta transferencia se retrasara por cualquier razón durante varios años o incluso renunciara definitivamente a ella». 
Ahora bien, el Tribunal añadió ayer, en una sentencia que servirá de jurisprudencia para toda la Unión Europea, que «una trabajadora sometida a un tratamiento de fecundación in vitro puede acogerse a la protección contra la discriminación por razón de sexo conferida por al Directiva relativa a la igualdad de trato entre hombres y mujeres». 
Discriminación directa 

El Tribunal añade que el tratamiento de fecundación in vitro sólo puede ser seguido por mujeres, por lo que «el despido de una trabajadora debido a que ésta se somete a una punción folicular y a la transferencia a su útero deóvulos fecundados constituye una discriminación directa basada en el sexo», asegura. 
De este modo, concluye la sentencia, «el despido de una trabajadora en una situación como la de la señora Sabine Mayr sería contrario al objetivo de protección que persigue la Directiva sobre la igualdad de trato entre hombres y mujeres». 

martes, 22 de octubre de 2013

FECUNDACIÓN IN VITRO



La fecundación in vitro permite fecundar un óvulo con un espermatozoide fuera del útero, en el laboratorio. Si los óvulos de la mujer están en buen estado se extraen y, con una finísima aguja, se introduce un espermatozoide dentro de cada óvulo para fecundarlo. Es lo que llamamos ICSI, por sus siglas en inglés (Intra Cytoplasmic Sperm Injection). Una vez fecundado, el óvulo se convierte en preembrión y se coloca en el útero para que siga su desarrollo. Cuando se sospecha que puede haber alteraciones en los espermatozoides, necesitamos ver las cosas aún más de cerca para seleccionar sólo los morfológicamente sanos. Es lo que llamamos Inyección intra citoplasmática de espermatozoides morfológicamente seleccionados o IMSI por sus siglas en inglés (Intracytoplasmic morphologically-selected sperm injection). Al igual que en la inseminación artificial, en la fecundación in vitro el semen puede ser de la pareja o de un donante anónimo. Es posible que una mujer no produzca óvulos o que estos no estén en forma. En ese caso, una donante anónima aporta el suyo y, como en el caso anterior, se insemina con un espermatozoide, de la pareja o de un donante, y se coloca en el útero para que siga su desarrollo. Con esta técnica, 6 de cada 10 mujeres cumplen su sueño de ser madre.

 Pincha en los siguientes enlaces en los cuales te llevarán a la explicación detallada de cada uno de ellos;



  • Fecundación in vitro con óvulos propios y semen de la pareja (FIV propia)
  • Fecundación in vitro con óvulos de donante y semen de la pareja
  • Fecundación in vitro con óvulos propios y semen de donante
  • Fecundación in vitro con óvulos de donante y semen de donante